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Esta Lucha es de los Originarios

y de Todo Aquel que se Considere un

Defensor de los Derechos Humanos.

Este artículo contiene dos videos

de la Campaña y la Totalidad del

contenido del Convenio 169 de la OIT

sobre pueblos indígenas y tribales.

GRACIAS POR DIFUNDIR Y APOYAR.

Enlace: http://0z.fr/P64LW

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19 febrero 2011 6 19 /02 /febrero /2011 04:00

3509241307a9fabf7f9c7a7b2e65dc0c.mp3

http://www.fondoindigena.org/apc-aa-files/notiteca/items/subred.pngLa nueva Especialización en Educación Indígena Intercultural está en marcha, luego de la reunión de la Subred de Educación Intercultural Bilingüe (EIB), parte de la Universidad Indígena Intercultural (UII), realizada entre el 26 al 28 de enero de 2011 en la ciudad de Cochabamba, Bolivia, en la que se definieron los nuevos contenidos de la especialización en EIB que llega a su cuarta versión. 


Con la participación de universidades especializadas en EIB, miembros de la Cátedra Indígena Itinerante (CII), alumo/as graduado/as de la UII y líderes indígenas, la Subred alcanzó sus objetivos de hacer un balance de los aportes y desafíos de la especialidad en EIB en el contexto de la situación actual de la región, así como de realizar intercambios con miras al ajuste curricular del curso y la cualificación del programa. 

La reunión analizó cada uno de los módulos del currículo del curso y tomó acuerdos para su reformulación, con la perspectiva de responder al debate actual sobre la situación de la EIB en América Latina y El Caribe. Temas como la necesidad de transversalizar la investigación, mayor empleo de innovaciones tecnológicas para el proceso de enseñanza-aprendizaje, la relevancia del tema de género, intraculturalidad, uso de lenguas, entre varios, fueron punto de atención para el replanteo del curso. 

En ese contexto, el nuevo curso se denominará “Especialización en Educación Indígena Intercultural” y se orientará a la educación propia, en concordancia con la cosmovisión de los Pueblos Indígenas. Se iniciará a fines de junio del año en curso en la Universidad Mayor de San Simón, de la ciudad de Cochabamba, Bolivia, con una duración de ocho (8) meses. La convocatoria será publicada hasta la primera quincena del mes de Abril.

Fuente: Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y El Caribe 

 

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19 febrero 2011 6 19 /02 /febrero /2011 03:54

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http://amnistiainternacional.periodismohumano.com/wp-content/plugins/wp-o-matic/cache/4a0a4_76527.jpg(AINI, Washington, DC) - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) publicó su Informe sobre Derechos de los Pueblos Indígenas y Tribales sobre sus Tierras Ancestrales y Recursos Naturales.

 Según la Comisión el goce efectivo de este derecho implica no sólo la protección de una unidad económica sino de los derechos humanos de una colectividad que basa su desarrollo económico, social y cultural en la relación con la tierra. Por eso, la CIDH ha venido prestando una particular atención al derecho de los pueblos indígenas y tribales a la propiedad comunal sobre sus tierras y recursos naturales, como un derecho en sí mismo y en tanto garantía del disfrute efectivo de otros derechos básicos

En este sentido, el informe analiza la obligación que tienen los Estados de consultar a los pueblos indígenas y garantizar su participación en las decisiones relativas a cualquier medida que afecte sus territorios.

El informe que la CIDH publica compila y analiza el alcance de los derechos de los pueblos indígenas y tribales sobre sus territorios, tierras, y recursos naturales. Se basa en los instrumentos jurídicos del sistema interamericano, tal y como han sido interpretados por la jurisprudencia de la Comisión y de la Corte Interamericanas a la luz de los desarrollos en el derecho internacional de los derechos humanos en general.

Enlaces útiles:

Informe Derechos de los Pueblos Indígenas y Tribales sobre sus Tierras Ancestrales y Recursos Naturales. Versión en pdf

 

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19 febrero 2011 6 19 /02 /febrero /2011 03:48

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http://www.ifad.org/photo/images/10101_G4s.jpg(CAOI, Lima).- Una nueva Misión Diplomática Indígena desarrolla la Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas (CAOI) en Europa, se trata de la participación en el Taller “Estableciendo un Foro Indígena en el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola de las Naciones Unidas.(FIDA)”, que se realiza en Roma, Italia.

El Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA) es un organismo especializado de las Naciones Unidas, establecido como una institución financiera internacional en 1977

El objetivo del Taller es que representantes de organizaciones indígenas y funcionarios del FIDA discutan el propósito y las modalidades de un Foro Indígena para este organismo. Dicho Foro será creado para institucionalizar un proceso de diálogo y consulta con los representantes de los pueblos indígenas.

Miguel Palacín Quispe, Coordinador General de la CAOI, es uno de los veinte participantes que representan a organizaciones de pueblos indígenas de los países prestatarios del FIDA en África, Asia y América Latina.

Al término del Taller, el Coordinador General de la CAOI, Miguel Palacín Quispe, participará en un evento paralelo sobre Cambio Climático organizado por el Grupo de Trabajo Internacional sobre Asuntos Indígenas (IWGIA, por sus siglas en inglés), la Association for a Just New World (SONIA) y los representantes de pueblos indígenas participantes de negociaciones sobre cambio climático.

La Diplomacia Indígena es una de las líneas estratégicas de trabajo de la CAOI, cuyo objetivo es garantizar la auténtica representación de los pueblos indígenas en los foros internacionales e incidir en todos los espacios globales para garantizar el efectivo ejercicio de los derechos de los pueblos indígenas.

 

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19 febrero 2011 6 19 /02 /febrero /2011 03:42

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http://correodelasculturas.files.wordpress.com/2010/06/marcha-indigena-oscar-alvarez.jpg(AINI, La Paz).- Reunidos en un seminario, en la ciudad de La Paz, líderes Indígenas de Guatemala, Ecuador, Perú y Bolivia intercambian experiencias sobre la situación de los pueblos indígenas, su relación con el Estado y la viabilidad de la construcción de Estados Plurinacionales.

Domingo Hernández, indígena maya de Guatemala, calificó de importante el proceso que vive Bolivia, donde los Pueblos Indígenas están siendo actores activos en este proceso y se ve avances en el reconocimiento de sus derechos.

“La alternativa es construir nuevos Estados, porque los estados que subsistían actualmente tiene una fuerte herencia colonial, además se impusieron avasallando a pueblos indígenas mediante la dictadura y el militarismo; creemos que esta situación es la que hay que revertir y Bolivia es un buen ejemplo”. Sostuvo Hernandez.

La situación en Guatemala, según Hernández, es todavía de mucha lucha pues se encuentra frente a un Estado represivo que gobierna con métodos coloniales y ve a los territorios como sus grandes haciendas,

Por su parte, Delfin Tenasaca, dirigente de ECUARUNARI, indicó que Bolivia es referencia para otros países del mundo en la construcción de Estados Plurinacionales pues la nueva Constitución recoge muchos aspectos de la vida de los pueblos indígenas.

Asimismo puntualizó, que la situación en el Ecuador es diferente, pues no hay aún un líder que represente a las nacionalidades indígenas que vienen luchando por una transformación social

“El gobierno de Rafael Correa, no escucha las demandas de los Pueblos Indígenas, en este tiempo de elaboración de leyes no acoge nuestras propuestas””, sentenció el dirigente indígena

Finalmente, ambos líderes coincidieron en remarcar que las organizaciones indígenas bolivianas deben seguir fortaleciendo su capacidad de proponer y consensuar sus demandas con los otros sectores sociales para avanzar en la construcción de los Estados Plurinacionales

RRA – ROT

 

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19 febrero 2011 6 19 /02 /febrero /2011 03:39

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http://www.amazonia.bo/imagenes/Pacahuara.jpg(El Sol de Pando, Cobija. Por Wilson García Mérida ).- En octubre del 2009, la Central Indígena de Pueblos Amazónicos de Pando (Cipoap) demandó a organismos del Estado (Inra y ABT) con un recurso de Acción Popular al permitir que el territorio originario de la nación Pacahuara —en las riberas del Río Negro, provincia Federico Román— sea avasallado y depredado por la empresa maderera Mabet. Por su parte la concesionaria Mabet demandó a los indígenas por “ocupación ilegal” de tierras, amparada en el artículo 142 de la Ley Forestal, exigiendo el desalojo de los originarios de aquel bosque.

El juez falló a favor de la empresa maderera, la cual además tuvo el apoyo directo del Inra y la ABT, las mismas que arguyeron, con cierta razón, que detrás del reclamo de los indígenas para ocupar las tierras cedidas a la empresa maderera se hallaba un grupo de “loteadores” que no eran en realidad indígenas, dizque Tacanas.
Aquello sólo perjudicó a los verdaderos Pacahuara, ocupantes originarios de las riberas del Río Negro, que en algún momento de su larga agonía étnica fueron desplazados hacia la provincia Vaca Diez del Beni, en tierras de sus parientes Chacobos, engañados por misioneros norteamericanos que comenzaron a vestirlos con poleras usadas, importadas de Miami.
La resolución del juez que rechazó la demanda de los Pacahuara para retornar a su territorio original del Río Negro, es insólita:
“No se ha demostrado que las etnias que están asentadas en el territorio indicado, como son Tacana La Selva o Pacahuara, estén reconocidos por el Estado o que hayan nacido a la vida jurídica a través de una OTB o una Resolución Prefectural”. En otras palabras, los Pacahuara fueron declarados ilegales.
Los Pacahuara son los últimos nómadas de Bolivia, y a medida que se extinguen pierden posibilidades de constituirse jurídicamente para defenderse. Se niegan a integrarse a la “civilización”.
Pueblos similares en Perú y Brasil, conocidos como “no contactados” o “aislados”, reciben trato privilegiado y respeto a su decisión de aislarse del mundo urbano, a diferencia de lo que sucede en Bolivia. Los últimos Pacahuaras (quedan de ellos apenas cinco familias) optaron por un “suicidio étnico”. Sus mujeres decidieron no reproducirse, para continuar vagando sin tierras ni derechos en los profundos bosques invadidos por la indolencia estatal y la avidez empresarial, hasta que el exterminio se consume.

 

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19 febrero 2011 6 19 /02 /febrero /2011 02:22

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http://www.elpueblosoberano.net/wp-content/uploads//2010/11/CONAMAQ.jpg(AINI, La Paz).- El Consejo Nacional de Ayllus y Markas del Qullasuyu (CONAMAQ), reunidos en una asamblea, ha decidido socializar y presentar su propuesta de Ley Marco sobre Consulta a los Pueblos Indígenas a sus comunidades, como también a otras organizaciones indígenas y sociales para sumar apoyo a su iniciativa.

Según informó, Rafael Quispe, Tata Mallku de Industrias Extractivas del CONAMAQ, ellos vienen trabajando desde el año pasado en una propuesta de ley que ahora ha sido respalda en una Asamblea.

“Hace más de cinco años que tenemos en el poder a un gobierno indígena pero no cumple el derecho a la consulta en materias de los recursos naturales y participación en beneficios, indemnización y compensaciones a los indígenas, tal como lo indica la Constitución Política del Estado y la Declaración de los derechos de los Pueblos Indigenas de la ONU” denunció Quispe.

Asimismo, Quispe expresó, que se hace necesario contar con una ley sobre consulta pues la finalidad de esta norma es el consentimiento previo, y libre de los pueblos indígenas ante cualquier actividad o acto administrativo que afecte a los y las indígenas.

“La única salvaguarda que tienen los pueblos indígenas es exigir la consulta con consentimiento previo, libre e informado para defender nuestro territorio y cultura” sostiene el Malku.

Finalmente, el dirigente indígena manifestó que después de realizar la socialización y consensuar una propuesta tienen pensado enviar la iniciativa, junto con otras organizaciones indígenas, a la Asamblea Legislativa para el mes de julio.

 

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19 febrero 2011 6 19 /02 /febrero /2011 02:15

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http://4.bp.blogspot.com/_L_4km87PWrE/SgpTWbTKnBI/AAAAAAAAADc/_6kEaOc6kZo/s320/recuperar.jpgCAOI

Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas

Adital

Documento reconoce los territorios como sustento y fuente de la identidad cultural y todos los derechos de los pueblos indígenas.

 

La especial relación de los pueblos indígenas con sus territorios y sus bienes naturales, como sustento de su cultura, identidad y forma de vida, así como fuente de todos sus derechos, es el eje del informe elaborado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos (CIDH – OEA), titulado "Derechos de los Pueblos Indígenas y Tribales sobre sus Tierras Ancestrales y Recursos Naturales: Normas y Jurisprudencia del Sistema Interamericano de Derechos Humanos”.

 

El párrafo central de la Introducción del Informe señala:

 

"De tiempo atrás, los órganos del sistema interamericano han prestado una particular atención al derecho de los pueblos indígenas y tribales a la propiedad comunal sobre sus tierras y recursos naturales, como un derecho en sí mismo, y en tanto garantía del disfrute efectivo de otros derechos básicos. Para la CIDH, la protección del derecho a la propiedad de los pueblos indígenas sobre sus territorios ancestrales es un asunto de especial importancia, porque su goce efectivo implica no sólo la protección de una unidad económica sino la protección de los derechos humanos de una colectividad que basa su desarrollo económico, social y cultural en la relación con la tierra. La Corte Interamericana, a su vez, ha subrayado que los derechos territoriales de los pueblos indígenas se relacionan con el derecho colectivo a la supervivencia como pueblo organizado, con el control de su hábitat como una condición necesaria para la reproducción de su cultura, para su propio desarrollo y para llevar a cabo sus planes de vida”.

 

El documento, de 153 páginas, empieza señalando que "Los pueblos indígenas y tribales tienen formas de vida únicas, y su cosmovisión se basa en su estrecha relación con la tierra. Las tierras tradicionalmente utilizadas y ocupadas por ellos son un factor primordial de su vitalidad física, cultural y espiritual”.

 

Ratifica, además, que el reconocimiento de los territorios indígenas no exige como requisito un título de propiedad, porque incluye "el uso o presencia tradicionales, la preservación de sitios sagrados o ceremoniales, asentamientos o cultivos esporádicos, recolección estacional o nómada, cacería y pesca, el uso consuetudinario de recursos naturales u otros elementos característicos de la cultura indígena”.

 

La preservación de la cultura de los pueblos indígenas está íntimamente ligada a sus territorios. Al respecto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en su Sentencia del Caso Comunidad Indígena Sawhoyamaxa Vs. Paraguay, del 29 de marzo de 2006, señala explícitamente que "para las comunidades indígenas la relación con la tierra no es meramente una cuestión de posesión y producción sino un elemento material y espiritual del que deben gozar plenamente, inclusive para preservar su legado cultural y transmitirlo a las generaciones futuras. La garantía del derecho a la propiedad comunitaria de los pueblos indígenas debe tomar en cuenta que la tierra está estrechamente relacionada con sus tradiciones y expresiones orales, sus costumbres y lenguas, sus artes y rituales, sus conocimientos y usos relacionados con la naturaleza, sus artes culinarias, el derecho consuetudinario, su vestimenta, filosofía y valores”.

 

El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de la ONU, anota el documento, también ha concluido que los derechos territoriales de los pueblos indígenas son únicos, y abarcan una tradición y una identificación cultural de los pueblos indígenas con sus tierras que ha sido generalmente reconocida.

 

El informe insiste en que "la garantía del derecho a la propiedad territorial es una base fundamental para el desarrollo de la cultura, la vida espiritual, la integridad y la supervivencia económica de las comunidades indígenas. Es un derecho al territorio que incluye el uso y disfrute de sus derechos naturales. Se relaciona directamente, incluso como un pre‐requisito, con los derechos a la existencia en condiciones dignas, a la alimentación, al agua, a la salud, a la vida, al honor, a la dignidad, a la libertad de conciencia y religión, a la libertad de asociación, a los derechos de la familia, y a la libertad de movimiento y residencia. A lo largo de las Américas, los pueblos indígenas y tribales insisten en que el Estado les garantice en forma efectiva su derecho a vivir en su territorio ancestral y poder así no sólo realizar sus actividades tradicionales de subsistencia, sino también preservar su identidad cultural”.

 

Organizado en nueve capítulos, el informe compila y analiza el alcance de los derechos de los pueblos indígenas y tribales sobre sus territorios, tierras, y recursos naturales. Se basa en los instrumentos jurídicos del sistema interamericano, tal y como han sido interpretados por la jurisprudencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos a la luz de los desarrollos en el derecho internacional de los derechos humanos en general. Su objetivo también es el de señalar problemas, guías y buenas prácticas específicas, con miras a ampliar el goce de los derechos humanos por los pueblos indígenas y tribales del Hemisferio.

 

Luego de la Introducción, el Informe examina las fuentes de derecho y el marco jurídico de los derechos territoriales; define pueblos indígenas, pueblos tribales, tierra y territorios y recursos naturales; señala las obligaciones estatales frente a los pueblos indígenas y tribales y sus miembros; explica los derechos de propiedad indígenas y tribales; precisa el contenido específico de estos derechos de propiedad sobre los territorios; detalla cómo la falta de protección de estos derechos es un obstáculo para el goce efectivo de otros derechos humanos (a la vida, salud, económicos y sociales, identidad cultural y libertad religiosa, laborales, libre determinación, integridad psíquica y moral y las obligaciones estatales correspondientes); abunda en los derechos indígenas sobre los recursos naturales, a la consulta y a la participación, a la protección estatal, al acceso a la justicia y a la reparación.

 

Informe completo en: http://www.politicaspublicas.net/panel/attachments/article/729/2011-cidh-informe-tierras-ancestrales.pdf.

 

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19 febrero 2011 6 19 /02 /febrero /2011 02:00

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http://www.fondoindigena.org/apc-aa-files/notiteca/items/derechos_chile.gifCamila Queiroz

Periodista de ADITAL

La comisión de Especialistas en aplicación de Convenios de la OIT (Cearc) publicó el informe de Observaciones sobe el complimiento del Convenio 169 en Chile, como parte de su informe Anual 2011. La Cearc solicitó al país, el pasado día 16, que presente un nuevo informe. El motivo es la disparidad entre las informaciones oficiales y las contenidas en los Informes Alternativos, presentados por organizaciones indígenas.

 

La comisión quiere que Chile responda a todos los cuestionamientos de los Informes Alternativos. Adicionalmente, envió al Gobierno un documento con una solicitud directa con preguntas específicas que el Estado debe responder.

 

Chile envió el primer informe en septiembre del año pasado; cumpliendo un procedimiento común, con informes que se repiten cada cinco años. "Se trata del primer examen de aplicación del Convenio 169 en Chile, y está en juego el establecimiento de una ‘línea de base’ para la aplicación y supervisión derivada del Convenio”, destaca el investigador de la cuestión indígena, Víctor Toledo Llancaque, agregando que los pueblos indígenas no fueron informados previamente que el gobierno había preparado un informe.

 

Participación de los pueblos indígenas, diálogo y acción sistemática y coordinada para implementar reformas legales y administrativas necesarias para adecuar el país a las nuevas obligaciones. Todo esto es requisito del Convenio 169, pero quedó claro a la Comisión, ante los informe alternativos, que esa no es la situación real en Chile.

 

El Informe de Observaciones sobre Chile es un diplomático y directo llamado al Gobierno de Chile, a abrirse al diálogo de buena fe con las organizaciones de los pueblos indígenas y a tomar la aplicación del Convenio 169, en serio”, afirma Llancaque.

 

Los Informes Alternativos fueron enviados a la OIT por la Confederación Nacional de Trabajadores del Pan (Conapan, su sigla en español) - organización sindical compuesta mayoritariamente por mapuches -, escrito en conjunto con 22 comunidades, asociaciones y consejos vinculados a los indígenas; por la Central Única de Trabajadores (CUT) y por la Confederación Nacional de Pescadores Artesanales (Conapach).

 

Ratificado por el país en Septiembre de 2008, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) dispone sobre mecanismos de consulta con los indígenas acerca de su territorio y sobre cualquier asunto relacionado con ellos.

 

Traducción: Ricardo Zúniga

 

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19 febrero 2011 6 19 /02 /febrero /2011 01:47

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http://www.adital.com.br/site/mostrafoto_cortada.asp?lrg=280&alt=200&img=destaques/18_indigenas_capa_ok.jpgNatasha Pitts

Periodista de Adital

La estrecha y especial relación de los pueblos indígenas con sus tierras fue reconocida en informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). "Derechos de los Pueblos Indígenas y Tribales sobre sus Tierras Ancestrales y Recursos Naturales: Normas y Jurisprudencia del Sistema Interamericano de Derechos Humanos”, reconoce que el derecho de los pueblos indígenas y tribales a la tierra y a los recursos naturales abre las puertas para garantizar otros derechos básicos.

 

En su informe, la Comisión Interamericana señala que "la protección del derecho a la propiedad de los pueblos indígenas sobre sus territorios ancestrales es un asunto de especial importancia, porque su goce efectivo implica no sólo la protección de una unidad económica sino la protección de los derechos humanos de una colectividad que basa su desarrollo económico, social y cultural en la relación con la tierra”.

 

Queda claro el reconocimiento de que el modo de vida único y la cosmovisión de los pueblos indígenas y tribales están basados en una relación muy estrecha con sus tierras ancestrales. La CIDH afirma, inclusive, que estos territorios son factores primordiales para la vitalidad física, cultural y espiritual de los pueblos.

 

A pesar de embestidas nacionales y extranjeras contra las tierras tradicionales, por ser ricas en bienes naturales, el informe señala que no es necesario un título de propiedad para estas tierras, pues, "para las comunidades indígenas la relación con la tierra no es meramente una cuestión de posesión y producción sino un elemento material y espiritual del que deben gozar plenamente, inclusive para preservar su legado cultural y transmitirlo a las generaciones futuras”.

 

El hecho de que comunidades indígenas y tribales tienen preservadas sus tierras ancestrales es una garantía casi plena de que su lengua, culinaria, sus costumbres, valores, conocimientos, artes, rituales, filosofía, modo de vestir y de ser, de relacionarse con la naturaleza van a ser mantenidos y pasados a las nuevas generaciones.

 

De esta forma, en el informe, el derecho a la propiedad es colocado como un prerrequisito para el usufructo de derechos básicos, como son: el derecho al agua, a la existencia en condiciones dignas, a la alimentación, derecho a la salud, a la vida, al honor y a la libertad de consciencia, religión, movimiento y resistencia. Por este motivo, son tan recurrentes las manifestaciones indígenas de reclamo a los Estados para que su derecho a tierra sea respetado.

 

Aún teniendo la obligación de revisar su legislación para garantizar que los derechos territoriales de los pueblos indígenas se cumplan de acuerdo con lo establecido en los instrumentos internacionales, los Estados aún no cumplen. Constantemente, se ofrecen concesiones a empresas nacionales y transnacionales para que tierras indígenas sean investigadas, estudiadas y explotadas sin el consentimiento de los afectados.

 

"(...) los Estados están obligados a abstenerse de adoptar medidas legislativas o administrativas de carácter regresivo que puedan afectar el disfrute de los derechos territoriales de los pueblos indígenas.

 

Además del fuerte llamamiento por el respeto de las tierras de los pueblos indígenas y tribales, en sus nueve capítulos, el informe define a los pueblos indígenas y tribales; señala las obligaciones estatales frente a estos pueblos; explica los derechos de propiedad indígena y tribal; esclarece el contenido específico de estos derechos de propiedad sobre los territorios, entre otras contribuciones.

 

El documento puede ser leído completo aquí: http://www.politicaspublicas.net/panel/attachments/article/729/2011-cidh-informe-tierras-ancestrales.pdfb

Traducción: Daniel Barrantes

 

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19 febrero 2011 6 19 /02 /febrero /2011 01:41

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http://www.kaosenlared.net/img2/167/167651_radio_c3b1omndaa_image.jpgEn Xochistlahuaca, Guerrero, el pueblo Nanncue Ñomndaa (amuzgo) decidió poner al aire su voz y su palabra a través de una radio comunitaria: Radio Ñomndaa (la palabra del agua)

Campaña Justicia a La Palabra del Agua | Zapateando

En Xochistlahuaca, Guerrero, el pueblo Nanncue Ñomndaa (amuzgo) decidió poner al aire su voz y su palabra a través de una radio comunitaria: Radio Ñomndaa (la palabra del agua), que es parte de una lucha por preservar su cultura, su lengua y sus tradiciones. Hasta ahora lleva 6 años de transmisión y se ha convertido en un espacio que definen como “el ejercicio, en los hechos, de …nuestro derecho como personas y como pueblo indígena a la comunicación, a la libre expresión de las ideas, a la información; a valorar, fortalecer y difundir nuestra cultura”. Esta radio no tiene permiso legal, no está sujeta a condicionamientos estatales, Radio Ñomndaa opera con el permiso del pueblo.

 

En el año 2008, elementos de la AFI, de la STC y de la policía ministerial se presentaron en las instalaciones de la radio con la intención de clausurarla y llevarse su equipo de transmisión, pero no lo lograron, ya que la comunidad defendió la cabina que juntos han ido construyendo para lanzar su voz por el viento. Sin embargo, la criminalización hacia la radio continuó cuando cuatro de los colaboradores de este proyecto fueron sometidos a un proceso penal amañado. Los hechos que dieron pretexto a la acusación se remontan a 2004 cuando, en una Asamblea General de ejidatarios de Xochistlahuaca, se solicitó al Sr. Narciso García dejar de invadir y vender 12 hectáreas de tierras de uso común del ejido. Al reaccionar el Sr. García con insultos y amenazas, a partir de usos y costumbres, la Asamblea decidió encarcelarlo y quedó bajo custodia de las Autoridades Tradicionales por un día. A pesar de los acuerdos firmados, el Sr. García, acompañado de la cacique y actual diputada local Aceadeth Rocha denunció ante el Ministerio Público a Genaro, Silverio y David.

 

Después de más de seis años de proceso, y a pesar de las múltiples pruebas de inocencia aportadas, el 27 de septiembre de 2010, el Juzgado Mixto de Primera Instancia con sede en Ometepec, Costa Chica de Guerrero, emitió sentencia condenatoria de 3 años y 2 meses de cárcel y el pago de una multa de mil 753 pesos, en contra de Genaro Cruz Apóstol, Silverio Matías Domínguez y David Valtierra Arango. De este modo, el sistema de procuración e impartición de “justicia” de Guerrero criminaliza de nueva cuenta, la lucha por la autonomía del pueblo Nanncue Ñomndaa (amuzgo).

 

El 21 de febrero se realizará en el juzgado estatal de Chilpancingo, Guerrero, una audiencia para darle seguimiento al caso. Es importante ejercer presión ese día para que el gobierno sepa que los compañeros no están solos y que no permitiremos que los encarcelen por ejercer sus derechos.

 

Asiste a partir de las 10 AM a la representación del estado de Guerrero en la Ciudad de México, ubicada en Arquímedes 147, col. Polanco, muy cerca del metro Polanco (Línea 7).

 

Nos acompañarán en el evento músicos solidarios y más.

 

Solidarízate con la campaña: Justicia a la palabra del agua escribiendo al correo justiciaparalapalabra@gmail.com, ahí puedes recibir información y difundirla, mandar propuestas, etc.

 

o Firma la carta circulada por Jóvenes en Resistencia Alternativa http://zapateando.wordpress.com/2011/01/26/campana-justicia-para-la-palabra-del-agua/

 

¡Justicia para la palabra del agua!, ¡La voz de nuestros pueblos no será acallada! Escucha Radio Ñomndaa en  www.lapalabradelagua.org

 

http://zapateando.wordpress.com/

 

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