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La Suprema Corte podría unificar en una sentenciael fallo de la Corte Interamericana de DerechosHumanos y el de la de inconstitucionalidad delcaso Sabalsagaray y aplicarla a todos los casos.Pero la petición solo puede hacerla el Estado o la familia Gelman
A pesar de que no prosperó en Diputados la aprobación del proyecto interpretativo de laley de Caducidad, el tema está lejos de concluir. Al nuevo planteo de dirigentes delFrente Amplio de derogar la ley y anular los actos administrativos de gobiernosanteriores, se suma una nueva posibilidad.El catedrático en Derecho Constitucional y Derecho Internacional Público, Alberto PérezPérez, dijo a El Observador que es posible que la Suprema Corte de Justicia (SCJ) emitauna sentencia que unifique la de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) yla de inconstitucionalidad de la ley de Caducidad para el caso Sabalsagaray, y se apliquea todos los casos, sin necesidad de estudiar cada uno por separado.Pérez Pérez recordó que el artículo 239 ordinal 1º de la Constitución señala que a la SCJle compete juzgar en cuestiones relativas a tratados, pactos y convenciones con otrosEstados. “Eso significa que no hay ninguna limitación que diga que la sentencia de laCorte Interamericana es para el caso concreto (de Gelman) y entonces podría haber unasentencia generalizada de la Corte”, opinó el catedrático.Consultado al respecto, el ministro de la Suprema Corte de Justicia Jorge Larrieux, dijo aEl Observador que “no se ha planteado nada” en este sentido, pero aclaró que “de oficiola Corte no podría ingresar en esa cuestión, sino que tendría que ser solicitada por alguna de las partes del juicio del caso Gelman: por el Estado o por los denunciantes”.
Sin embargo, Larrieux remarcó que “en principio esto no cambiaría que la prescripción delos delitos (de lesa humanidad) es en noviembre. Habría que estudiarlo, pero no tendríaefecto”. Esto significa que la solicitud para esa sentencia general debería tramitarse ytener fallo antes de noviembre de este año.
Derogación posible, pero solo a futuro
Pérez Pérez dijo que es posible la derogación de la ley de Caducidad, pero “lo que seentiende en general es que no opera para el futuro”.José Korzeniak, ex legislador y también especialista en Derecho Constitucional, explicóque en Uruguay existen dos teorías a lo largo de la historia. “Están los que dicen que lasleyes que fueron sometidas a plebiscito y las ratificó no se pueden derogar, y la de(Horacio) Cassinelli que dice que en Uruguay todas las leyes tienen el mismo rango y siuna se puede derogar, se pueden derogar todas”.Korzeniak remarcó que “la Suprema Corte de Justicia después de los plebiscitos dejó deaplicar los artículos aprobados (1º, 3º y 4º), por lo tanto de hecho la Corte se ha adheridoa la tesis de que sí se puede derogar”.“Por lo tanto, el Parlamento puede plantearse ¿por qué nosotros no podemos hacerlo(derogar) con carácter general?”, reflexionó el ex legislador frenteamplista. Precisó que él“estaba afiliado a la primera tesis, que los plebiscitos mal que nos pese no permitirían queel Parlamento derogue”, pero entiende que “hay hechos posteriores muy poderosos. ElParlamento no puede mirar para el costado, hasta por razones de economía procesal,para no ir al planteo caso a caso”.“A esta altura por razones prácticas es el colmo que el Parlamento permanezca ajeno a loque la Corte dice sobre la ley”, enfatizó el experto.Pero Korzeniak también advirtió que la derogación “sólo tiene efectos hacia el futuro”. “Eltema es que el Frente Amplio también va a derogar los actos administrativos”.
Anulación de actos administrativos va hacia atrás
Para Pérez Pérez “tiene que haber una base para anular los actos administrativos” de losgobiernos anteriores, como propuso el catedrático en Derecho Constitucional MartínRisso, y a la que adhirió el vicepresidente Danilo Astori.Los actos administrativos a los que refiere el Frente Amplio son todos aquellos quedurante los gobiernos que sobrevinieron con el retorno de la democracia el Poder
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